Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa 2025

La subvención o ayuda tiene como objetivo principal fomentar la inversión y la creación de empleo en las zonas de transición justa, apoyando proyectos que contribuyan a la reactivación económica y a la sostenibilidad de estas áreas.
Índice de contenidos

¿Qué finalidad tienen las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa?

Las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa 2025 tiene como objetivo principal impulsar la inversión y la generación de empleo, mediante el apoyo a proyectos que favorezcan la reactivación económica y promuevan la sostenibilidad de estos territorios. Se pretende facilitar la modernización de los procesos productivos, diversificar el tejido económico y mejorar la competitividad empresarial, con especial atención a las compañías ubicadas en municipios afectados por la transición energética.

  • Plazo de presentación:Del 11/06/2025 al 10/08/2025.
  • Fondos disponibles: 24.000.000 €.
  • Ámbito geográfico: Galicia, Principado de Asturias, País Vasco, Aragón, Castilla y León, Castilla La Mancha, Islas Baleares y Andalucía.

Información adicional

  • Concurrencia competitiva: los beneficiarios serán las solicitudes mejor valoradas.

¿Quién puede solicitar las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa?

Las personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial generadores de empleo que fundamenten la concesión de la ayuda.

¿En qué consisten las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa?

La cuantía individual de las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa, se establece de la siguiente forma:

  1. Las ayudas revestirán la forma de subvenciones a fondo perdido.
  2. Las ayudas no podrán superar los límites de intensidad máxima establecidos en el Mapa de ayudas regionales para España 2022-2027, o el que esté en vigor a la fecha de la concesión de las ayudas. La intensidad de ayuda se calculará en equivalente de subvención bruto (ESB), que es el valor de la ayuda expresado en porcentaje del valor de los costes de inversión subvencionables.
  3. Para la estimación del límite de intensidad, se aplicarán los siguientes incrementos:
    • 20 puntos porcentuales para las ayudas concedidas a pequeñas empresas.
    • 10 puntos porcentuales para las ayudas concedidas a medianas empresas.
  4. Los proyectos que se localicen en los municipios relacionados en el anexo I podrán recibir una subvención de hasta el 100 por ciento del límite máximo de intensidad aplicable al municipio correspondiente.
  5. La cuantía total de ayuda estará constituida por:
    • La cuantía correspondiente a la componente de inversión, que se considerará como ayuda máxima, la equivalente a la mitad del límite máximo de intensidad aplicable según el mapa de ayudas regionales.
    • La cuantía correspondiente a la componente de empleo, que consistirá en bonificaciones por puesto de trabajo comprometido. Cada convocatoria determinará la cuantía máxima de bonificación por empleo creado, que podrá ser superior en ciertos supuestos, como la creación de empleo joven, para personas mayores de 45 años, empleo femenino, empleo para trabajadores con discapacidad, y empleo para personas inscritas en las Bolsas de Empleo del Instituto para la Transición Justa.

¿Qué gastos o acciones cubren las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa?

A continuación, se detalla la relación de conceptos de gasto susceptibles de ser considerados como subvencionables por las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justa:

  1. Adquisición de terrenos:
    • Necesarios para la implantación del proyecto.
    • La adquisición debe realizarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Se considerará el coste declarado como previsto, con un tope máximo establecido en la convocatoria.
  2. Traídas y acometidas de servicios:
    • Realizadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Se considerará el coste declarado como previsto.
  3. Urbanización y obras exteriores:
    • Adecuadas a las necesidades del proyecto, realizadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
    • Se considerará el coste declarado como previsto, con un tope máximo establecido en la convocatoria.
  4. Obra civil:
    • Construcción o rehabilitación de bienes inmuebles.
    • Se considerará el coste declarado como previsto, con topes máximos o módulos establecidos en la convocatoria.
  5. Adquisición de bienes de equipo:
    • Se considerará el coste de adquisición declarado como previsto.
    • No se consideran subvencionables los elementos de transporte exterior, salvo vehículos especiales, ni los bienes destinados al alquiler.
  6. Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa:
    • Se considerará el coste declarado como previsto.
    • La convocatoria establecerá un límite en porcentaje respecto a la inversión subvencionable aceptada.
  7. Otras inversiones en activos fijos materiales:
    • En el sector industrial, se considerará el coste de adquisición declarado como previsto.
    • En el sector servicios, se considerará el coste declarado como previsto, con topes máximos o módulos establecidos en la convocatoria.
  8. Activos inmateriales:
    • Inversiones en digitalización, innovación digital, adquisición de software, patentes, licencias de explotación, entre otros.
    • Se considerará el coste declarado como previsto, con un límite en porcentaje respecto a la inversión subvencionable aceptada.
  9. Gastos relacionados con la ejecución de los conceptos anteriores:
    • Solo serán subvencionables aquellos gastos realizados con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

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Bases reguladoras de las Ayudas a proyectos empresariales generadores de empleo para el desarrollo alternativo en zonas de transición justas

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