¿Para qué es la Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y la mejora del modelo productivo 2025-2027?
El objetivo de la subvención es apoyar el desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo (I+D) que impliquen la aplicación de novedades en productos, procesos o sistemas organizativos, con el fin de generar un impacto positivo en otras empresas de la cadena de valor, promoviendo la innovación y mejorando la actividad económica en general.
- Plazo de presentación: del 17/6/2025 al 7/7/2025.
- Fondos disponibles: 48.289.000 €.
- Ámbito territorial: Comunidad Valenciana.
- Concurrencia competitiva: los beneficiarios serán las solicitudes mejor valoradas.
¿Quién puede solicitar la Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y la mejora del modelo productivo 2025-2027?
Los solicitantes para la Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación son:
Línea 1
- Universidades públicas y privadas integradas en RUVID.
- Organismos públicos de investigación.
- Institutos de investigación sanitaria acreditados.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud que desarrollen actividad investigadora.
- Otros centros de I+D+i del sector público de la Administración.
Línea 2
- L1: Agentes de innovación.
- L2: Empresas con sede social o centro de desarrollo de actividad ubicado en la Comunidad Valenciana con las siguientes características:
- Que estén encuadradas en las secciones C, D, E, F, divisiones 10 a 43 de la CNAE 2009.
- O clasificadas como empresas de servicios intensivos en conocimiento, con código de CNAE 2009 incluido en la clasificación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea.
- L3: Empresas con sede social o centro de desarrollo de actividad ubicado en la Comunidad Valenciana industriales o de servicios incluidas en cualquier epígrafe la CNAE 2009, siempre que la tesis doctoral esté vinculada a un proyecto de I+D+i desarrollado por la empresa.
- L4: Entidades de gestión y modernización de las áreas industriales y entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto fundamental sea promover la innovación en el territorio rural de la Comunidad Valenciana.
Línea 3
- L1: Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las Administraciones, que vayan a presentarse a procesos de CPI de la Administración Pública. Deben disponer de sede social centro de desarrollo de actividad ubicado en la Comunidad Valenciana.
- L2: Las entidades locales de la Comunidad Valenciana, admitiéndose a sus organismos dependientes.
Línea 4
- Empresas.
- Universidades públicas y privadas integradas en RUVID.
- Centros tecnológicos.
- Organismos públicos de investigación.
- Institutos de investigación sanitaria acreditados.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud.
- Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos.
- Otras entidades privadas sin ánimo de lucro, entre cuyos objetivos principales se encuentre la investigación y el desarrollo tecnológico.
Línea 5
- Las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunidad Valenciana.
Línea 6
- Las agrupaciones y asociaciones empresariales sectoriales, cámaras de industria y comercio, colegios profesionales, entidades locales, entidades de gestión y conservación de áreas industriales, fundaciones, plataformas tecnológicas y clústeres, con sede social o centro trabajo en la Comunidad Valenciana.
Línea 7
- Las empresas cuya sede social o centro de desarrollo de actividad se encuentre radicado en la Comunidad Valenciana.
Líneas de la Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y la mejora del modelo productivo 2025-2027
La Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación se clasifica en 7 líneas:
- Valorización y transferencia de resultados de investigación a las empresas.
- L1. Valorización, transferencia y explotación por las empresas de resultados de I+D.
- L2. Potenciación de unidades científicas de desarrollo de tecnologías y difusión del conocimiento hacia la empresa.
- Promoción del talento.
- L1. Agentes de innovación.
- L2. Incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas.
- L3. Doctorandos empresariales.
- L4. Agentes de innovación de proximidad.
- Impulso a la compra pública innovadora (CPI).
- L1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la compra pública de innovación.
- L2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores.
- Proyectos estratégicos en cooperación.
- Consolidación de la cadena de valor empresarial.
- Acciones complementarias de impulso y fortalecimiento de la innovación.
- Asimilación de tecnologías avanzadas y su difusión al Sistema Valenciano de la Innovación.
¿En qué consiste la Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y la mejora del modelo productivo 2025-2027?
Línea 1
- L1:
- El coste elegible del proyecto deberá ser igual o superior a 70.000 € con un máximo de 250.000 €.
- La subvención consistirá en una subvención del 100% de los gastos subvencionables del proyecto.
- L2:
- El coste elegible total deberá ser igual o superior a 100.000 € con un máximo de 400.000 €.
- Para solicitantes que no hayan sido beneficiarios de este programa en convocatorias anteriores de la AVI, la subvención consistirá en una subvención del 100% de los gastos subvencionables del proyecto en la primera anualidad, del 95% en la segunda anualidad y del 90% en la tercera anualidad.
- Para solicitantes que hayan sido beneficiarios de este programa en convocatorias anteriores de la AVI, la subvención consistirá en una subvención del 90% de los gastos subvencionables del proyecto en cada una de las anualidades.
Línea 2
- L1 y L4:
- La subvención consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes considerados como subvencionables.
- En la L1, para entidades solicitantes que hayan sido beneficiarias de esta línea en convocatorias anteriores, la ayuda no podrá superar la intensidad del 90% de los gastos subvencionables del proyecto en cada una de las anualidades.
- L2 y L3:
- La subvención consistirá en una subvención de hasta el 50% de los costes considerados como subvencionables para pymes y de hasta el 30% para grandes empresas.
- Sin superar los límites establecidos en el punto anterior, podrá incrementarse la intensidad de subvención hasta en un 5% cuando la persona contratada sea mujer, al objeto de paliar la brecha de género existente en la investigación científico-técnica.
Línea 3
- L1: Hasta el 50% de los costes financiables.
- L2: Hasta el 100% de los costes financiables.
En ambas líneas de actuación, el importe máximo de subvención será 150.000 € por anualidad.
Línea 4
- El coste subvencionable total del proyecto en cooperación será como mínimo de 500.000 €.
- El coste subvencionable máximo individual por cada solicitante del proyecto, durante todo el periodo de ejecución, deberá ser igual o inferior a 500.000 €.
- Al menos el 50% del presupuesto elegible global del proyecto conjunto, deberá ser ejecutado por una o más empresas.
Línea 5
- Hasta el 80% de los costes financiables.
Línea 6
- La subvención consistirá en una subvención del 70% de los gastos subvencionables del proyecto.
Línea 7
- El coste subvencionable total del proyecto en cooperación será como mínimo de 200.000 €.
- El coste subvencionable máximo individual por cada participante del proyecto, durante todo el periodo de ejecución, será igual o inferior a 200.000 €.
¿Qué gastos o acciones cubre la Subvención para el desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y la mejora del modelo productivo 2025-2027?
Línea 1
- L1: Desarrollo de demostradores de producto, servicios o tecnologías efectuados a partir de los resultados de investigación generados por los grupos de investigación del sistema científco valenciano.
- L4: Apoyo a la creación y mantenimiento de estructuras en el seno de institutos universitarios o grupos de investigación, que incorporen personal y los medios necesarios para generar innovación a partir del conocimiento que emana de la investigación de los grupos.
Línea 2
- L1 y L4
- Personal.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica.
- Gastos ocasionados por la participación del/la agente en acciones formativas directamente relacionadas con el proyecto, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas.
- Desplazamientos interurbanos en transporte público y alojamiento de la persona contratada.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justifcativas del gasto del proyecto.
- Tributos abonados efectivamente por la entidad benefciaria.
- L2 y L3
- Personal.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al desarrollo de las acciones presentadas en el proyecto.
- Participación del personal investigador o técnico contratado en acciones formativas directamente relacionadas con su actividad de I+D o de gestión de la innovación en la empresa, en concreto, matrículas e inscripciones en cursos, congresos y jornadas.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justifcativas del gasto del proyecto.
Línea 3
- L1
- Personal.
- Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- En caso de PYME, gastos de registro de derechos de propiedad industrial o intelectual derivados de la ejecución del proyecto.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justifcativas del gasto del proyecto.
- Los costes indirectos.
- L2
- Personal.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justifcativas del gasto del proyecto.
- Los tributos abonados efectivamente por la entidad beneficiaria.
Línea 4
- Personal.
- Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- En caso de PYME, gastos de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales derivados de la ejecución del proyecto.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justifcativas del gasto del proyecto.
- Los costes indirectos, sin necesidad de cálculo o aportación de justifcantes de gasto, en un porcentaje de hasta el 15% de los costes de personal válidamente justifcados.
Línea 5
- Personal.
- Otros gastos distintos de los de personal, que alcanzarán el 40% de los costes de personal válidamente justifcados, sin necesidad de cálculo o aportación de justifcantes de gasto.
Línea 6
- Personal.
- Gastos de servicios externos de consultoría y asistencia técnica destinados de manera exclusiva al proyecto.
- Material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento.
- Coste del informe de auditoría.
Línea 7
- Personal.
- Gastos de contratos de investigación y desarrollo o innovación con centros tecnológicos o de investigación.
- Gastos de adquisición de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
- Gastos de material fungible y suministros similares que se deriven directamente del proyecto.
- En caso de PYME, inversión en activos materiales necesarios para el proyecto.
- Coste del informe de auditoría sobre las cuentas justifcativas del gasto del proyecto.
- Los costes indirectos.
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