¿Para qué son las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025: transición ecológica y digital?
El objetivo de esta ayuda es financiar proyectos estratégicos que impulsen la transición ecológica y digital. Así como fomentar la colaboración público-privada para avanzar en la generación de conocimiento científico-técnico y promover la innovación en estos ámbitos.
Además, se evaluará la calidad, la viabilidad y el impacto esperado de los resultados de cada propuesta, así como la capacidad de los consorcios para desarrollar las actividades previstas.
- Plazo de presentación: del 09/01/2026 al 30/01/2026.
- Fondos: 75.000.000 €.
- Ámbito: estatal.
¿Quién puede solicitar las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?
Los beneficiarios o solicitantes de las ayudas pueden ser:
- Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 3, 4 y 5 de la orden.
- Entidades que se dediquen a actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).
- Organizaciones que participen en proyectos de colaboración en el ámbito de la I+D+i.
No se especifican requisitos adicionales como lugar de residencia, forma jurídica, facturación, tamaño o actividad económica en el texto proporcionado.
¿En qué consisten las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?
La intensidad de ayuda máxima para los organismos de investigación podrá ser de hasta el 100%.
La intensidad de ayuda máxima para las empresas:
- Para las pequeñas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 60%.
- Para las medianas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 50%.
- Para las grandes empresas la intensidad de ayuda máxima será del 40%.
El presupuesto financiable, donde se incluyen tanto los costes directos como los costes indirectos, por entidad participante y proyecto, se limitará a un máximo de 15.000.000 €.
¿Qué gastos o acciones cubren las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?
Los gastos y actuaciones subvencionables de estas ayudas son:
- Costes directos de ejecución:
- Se podrán destinar a cualquiera de los gastos elegibles establecidos en el artículo 8, siempre que se acredite la vinculación con la actuación financiada.
- Incrementos de hasta un 30% en partidas separadas que se compensen con disminución de otras, sin alterar el importe total de la ayuda.
- Gastos elegibles:
- Costes directos relacionados con la ejecución de las actividades financiadas.
- Gastos de personal, materiales, equipamiento, y otros costes necesarios para la realización de la actuación.
- Justificación de gastos:
- Los beneficiarios deberán presentar partes horarios del personal contratado con cargo a la actividad financiada, identificando la dedicación horaria a cada proyecto.
- Modificaciones en la resolución de concesión:
- Cambios en las características del equipamiento financiado, siempre que no supongan una modificación sustancial del objetivo principal de la actuación.
- Justificación económica:
- Modalidad de cuenta justificativa simplificada u ordinaria, según la naturaleza de las actuaciones financiadas.
- En caso de auditoría, se requerirá un informe de auditor que certifique el estado económico de la ayuda concedida.
- Gastos relacionados con la I+D+i:
- Prórrogas del plazo de ejecución de actividades de I+D+i, siempre que se justifiquen las circunstancias que impidieron la ejecución en el plazo previsto.
¿A qué sectores aplican estas ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?
Estas ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025 aplican a los siguientes sectores:
- Actividades inmobiliarias (68).
- Actividades sanitarias y servicios sociales (86–88).
- Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca (01–03).
- Banca, seguros y fondos de pensiones (64–66).
- Comercios y locales comerciales (45–47, 95, 96).
- Construcción (41–43).
- Cultura (90, 91).
- Deportes (93).
- Edición, audiovisual y comunicaciones (58–61).
- Educación (85).
- Hostelería y turismo (55, 56, 79).
- Industria (05-33).
- Informática e Investigación y Desarrollo (62, 63, 72).
- Suministros, energía y residuos (35–39).
- Transporte y logística (49–53).
- Empresas de servicios (69-71, 73-82).
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