Ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025: transición ecológica y digital

Convocatoria 2025 de ayudas a proyectos de colaboración público-privada para impulsar la transición ecológica y digital mediante investigación, innovación y colaboración estratégica.
Índice de contenidos

¿Para qué son las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025: transición ecológica y digital?

El objetivo de esta ayuda es financiar proyectos estratégicos que impulsen la transición ecológica y digital. Así como fomentar la colaboración público-privada para avanzar en la generación de conocimiento científico-técnico y promover la innovación en estos ámbitos.

Además, se evaluará la calidad, la viabilidad y el impacto esperado de los resultados de cada propuesta, así como la capacidad de los consorcios para desarrollar las actividades previstas.

  • Plazo de presentación: del 09/01/2026 al 30/01/2026.
  • Fondos: 75.000.000 €.
  • Ámbito: estatal.

¿Quién puede solicitar las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?

Los beneficiarios o solicitantes de las ayudas pueden ser:

  1. Personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 3, 4 y 5 de la orden.
  2. Entidades que se dediquen a actividades de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i).
  3. Organizaciones que participen en proyectos de colaboración en el ámbito de la I+D+i.

No se especifican requisitos adicionales como lugar de residencia, forma jurídica, facturación, tamaño o actividad económica en el texto proporcionado.

¿En qué consisten las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?

La intensidad de ayuda máxima para los organismos de investigación podrá ser de hasta el 100%.

La intensidad de ayuda máxima para las empresas:

  1. Para las pequeñas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 60%.
  2. Para las medianas empresas la intensidad de ayuda máxima será del 50%.
  3. Para las grandes empresas la intensidad de ayuda máxima será del 40%.

El presupuesto financiable, donde se incluyen tanto los costes directos como los costes indirectos, por entidad participante y proyecto, se limitará a un máximo de 15.000.000 €.

¿Qué gastos o acciones cubren las ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?

Los gastos y actuaciones subvencionables de estas ayudas son:

  1. Costes directos de ejecución:
    • Se podrán destinar a cualquiera de los gastos elegibles establecidos en el artículo 8, siempre que se acredite la vinculación con la actuación financiada.
    • Incrementos de hasta un 30% en partidas separadas que se compensen con disminución de otras, sin alterar el importe total de la ayuda.
  2. Gastos elegibles:
    • Costes directos relacionados con la ejecución de las actividades financiadas.
    • Gastos de personal, materiales, equipamiento, y otros costes necesarios para la realización de la actuación.
  3. Justificación de gastos:
    • Los beneficiarios deberán presentar partes horarios del personal contratado con cargo a la actividad financiada, identificando la dedicación horaria a cada proyecto.
  4. Modificaciones en la resolución de concesión:
    • Cambios en las características del equipamiento financiado, siempre que no supongan una modificación sustancial del objetivo principal de la actuación.
  5. Justificación económica:
    • Modalidad de cuenta justificativa simplificada u ordinaria, según la naturaleza de las actuaciones financiadas.
    • En caso de auditoría, se requerirá un informe de auditor que certifique el estado económico de la ayuda concedida.
  6. Gastos relacionados con la I+D+i:
    • Prórrogas del plazo de ejecución de actividades de I+D+i, siempre que se justifiquen las circunstancias que impidieron la ejecución en el plazo previsto.

¿A qué sectores aplican estas ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025?

Estas ayudas para proyectos de colaboración público-privada 2025 aplican a los siguientes sectores:

  1. Actividades inmobiliarias (68).
  2. Actividades sanitarias y servicios sociales (86–88).
  3. Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca (01–03).
  4. Banca, seguros y fondos de pensiones (64–66).
  5. Comercios y locales comerciales (45–47, 95, 96).
  6. Construcción (41–43).
  7. Cultura (90, 91).
  8. Deportes (93).
  9. Edición, audiovisual y comunicaciones (58–61).
  10. Educación (85).
  11. Hostelería y turismo (55, 56, 79).
  12. Industria (05-33).
  13. Informática e Investigación y Desarrollo (62, 63, 72).
  14. Suministros, energía y residuos (35–39).
  15. Transporte y logística (49–53).
  16. Empresas de servicios (69-71, 73-82).

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